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Reducción de la fiscalidad del ICIO

Desde el 12 de mayo de 2015 la modificación de la Ordenanza Fiscal para la nueva bonificación del ICIO tiene como finalidad de favorecer el emprendimiento, de esta forma se va a reducir la fiscalidad del ICIO.

Las bonificaciones que se van a establecer tendrán las siguientes características:

  • Se bonificarán como máximo en un 95% todas las construcciones, instalaciones y obras (este 95% máximo se aplicará sobre el valor inicial de ICIO pagar, que supone el 4% del presupuesto de ejecución material de las obras e instalaciones que deban ejecutarse o legalizarse).
  • El límite máximo de la bonificación será de 3000€ (valor máximo que podrá descontarse con la bonificación; en caso de que el 95% de la cuota inicial de ICIO superase esos 3000€, se realizará el descuento de dicha cantidad debiendo abonar el resto, con lo que el porcentaje de la bonificación para presupuestos elevados será decreciente en relación al coste de la obra).

Así, para obras relativamente pequeñas (las acometidas por las familias, especialmente las de menor renta, y pequeños negocios, con presupuestos de ejecución material inferiores a 80000€) la bonificación será siempre la máxima, suponiendo un impulso para la economía y el emprendimiento.

Con esta nueva medida se estima que se puede llegar a conseguir un ahorro para las familias será de 2,7millones de euros, y una generación total de empleo derivado del aumento de actividad, de unos 870 nuevos puestos de trabajo a tiempo completo.

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