Orden 1342/2020
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EQA ECU
Medidas preventivas COVID-19 tras
la prórroga del estado de alarma
Con fecha 15 de octubre de 2020 se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid la Orden 1324/2020, de 14 de octubre, de la Consejería de Sanidad. En ésta se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez finalizada la prórroga del estado de alarma.
  • Se mantiene la suspensión de la actividad de los locales de discotecas y demás establecimientos de ocio nocturno hasta la finalización de la vigencia de la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública, aprobada mediante Orden Comunicada del Ministro de Sanidad de 14 de agosto de 2020.
  • Medidas aplicadas hasta que la Comunidad de Madrid determine las condiciones de reanudación de la actividad (ver medidas >>>)
La Orden tiene eficacia directa ya que no supedita sus previsiones a posteriores actos administrativos de los municipios. Esto descarta la necesidad de otorgar ningún tipo de autorización temporal de cambio de licencia o modificación de la actividad del establecimiento.


La licencia vigente del local no se ve afectada ni modificada en ningún aspecto, permaneciendo inalterada.

 

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