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Censo de locales


El censo de locales se corresponde con un código o identificación de un local como espacio físico cuya finalidad es que cada local quede identificado de manera inequívoca dentro del edificio.

El cartel identificativo sólo lo deben de tener los locales con puerta de calle y los locales pertenecientes a una agrupación. Los locales interiores no necesitan el cartel.

El código asignado se compone de la dirección principal del edificio al que pertenece el local y de:

  • Un número secuencial que se asigna inicialmente de 10 en 10, si se trata de un local "Puerta de calle"
  • Escalera, planta y puerta si se trata de un local "Interior"
  • Nombre de la agrupación, planta y local si se trata de un local "agrupado"

Este código deberá consignarse siempre ante el Ayuntamiento.


Tipos de solicitud

 
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