Requisitos

Además de estos requisitos específicos, existirán los generales contemplados para cualquiera de las bonificaciones ya existentes de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto. Dichos requisitos se resumen en:
  • Que la bonificación sea solicitada en el plazo establecido para ello: antes del transcurso de dos meses desde el inicio de las obras (pues este plazo también ha sido modificado para todas las bonificaciones).
  • Que se lleve a cabo la intervención municipal en los actos de uso del suelo, construcción y edificación (existencia de licencia o declaración responsable).